Dos cazadores de Fuerteventura, sin autorización para practicar la caza en Lanzarote, se querellaron contra el Seprona por retirarles sus armas en Playa Blanca.

Cuando comienza cada temporada de caza, el Seprona de Lanzarote realiza controles en el puerto de Playa Blanca para inspeccionar a los posibles cazadores que llegan desde Fuerteventura. Hay cazadores de otras islas que se inscriben en Lanzarote para poder cazar porque el cupo es limitado. El número de licencias cada año es menor incluso que el de socios de la Nueva Sociedad de Cazadores, y los de fuera de la Isla se tienen que presentar a un sorteo porque solo se otorgan 25 licencias para los no residentes.

El Cabildo de Lanzarote publica anualmente un listado de cazadores no residentes autorizados, que incluye los nombres de los que pueden cazar. El año pasado, la temporada de caza se alargó entre el 4 de agosto y el 27 de octubre, empezando con la caza de conejo con perro, hurón y aves de cetrería. La caza de perdiz y paloma bravía con escopeta y perro de muestra solo estuvo permitida los domingos entre el 29 de septiembre y el 27 de octubre.

El día que dio comienzo esa campaña, una pareja del Seprona, junto con patrullas del puesto de Yaiza, se colocaron en el puerto de Playa Blanca para realizar las inspecciones oportunas, principalmente para hacer comprobaciones de tenencia de armas. Al menos a dos de esos cazadores a los que les hicieron una inspección les retiraron la escopeta, ya que no estaban inscritos en el Listado y, aunque en ambos casos dieron otras explicaciones de por qué transportaban sus armas, todo apuntaba  a que se trasladaban a Lanzarote a cazar sin permiso.

Unos meses después, en enero de este año, los dos cazadores le pusieron una querella a la sargento del Seprona, que dirigía el operativo, por prevaricación administrativa, que finalmente ha sido archivada aunque puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Las Palmas.

Los cazadores que pusieron la querella son vecinos de Fuerteventura. Uno de ellos es policía local en Puerto del Rosario y el otro, de solo 23 años de edad, trabaja como jardinero en el municipio de La Oliva. A este último le requisaron la escopeta por “portar armas sin necesidad”, en aplicación de distintos artículos del Reglamento de armas.

El artículo 148 señala, por una parte, que los agentes podrán hacer “las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas”, que se puede proceder a su “ocupación temporal” depositándolas en una Intervención de Armas de la Guardia Civil “incluso de las que se lleven con licencia”  por el tiempo imprescindible “para la instrucción de las diligencias o atestados procedentes”.

Uno de ellos manifestó que se dirigía al campo de tiro de Tahíche a practicar, pero llevaba tres perros perdiceros de caza, por lo que los agentes consideraron que era un indicio suficiente de que se dirigía a cazar.

El mismo día, dos horas más tarde, desembarcaba el otro cazador, que es policía local, y que llevaba dos armas. Manifiesta que una de ellas no es suya, que es de su hermano y, en la denuncia, considera que la retirada de las armas es una decisión arbitraria, el requisito para que se produzca la prevaricación, porque los agentes paraban a todos los vehículos que les parecían sospechosos y si no estaban en el listado de cazadores autorizados, se las retiraban.

Los dos argumentan que transportaban las escopetas en su fundas, dentro de vehículos, con permiso y guía, controladas y sin que puedan causar peligro alguno, y añaden que “hay muchas opciones de justificar la necesidad” de llevarlas, como ir a cazar, a un campo de tiro, a un armero o a entregar la escopeta a un otra persona para que haga el traspaso de la misma.

Consideran ellos que el motivo de no estar incluidos en el listado de caza no es suficiente “sin saber quién ha realizado este listado” y sin saber “si quien lo ha autorizado tiene autoridad para ello o no” y qué normativa es la que se incumple para no poder cazar. Además argumentan que la retirada del arma estaría justificada en caso de que exista peligro para la seguridad de personas y bienes o para prevenir la comisión de un delito, pero no una infracción administrativa, que es lo que harían en el supuesto de que fueran a cazar sin autorización.

Los agentes actuaron, según las alegaciones a la denuncia, en base al artículo 18. 2 de la Ley de seguridad ciudadana, que señala que la autoridad podrá “proceder a la ocupación temporal de cualesquiera objetos, instrumentos o medios de agresión, incluso de las armas que se porten con licencia, permiso o autorización si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de los bienes”.

Alegaciones

En las alegaciones ante la denuncia, la Guardia Civil sostiene que “debido a la alta afluencia de cazadores no residentes no autorizados para la caza, el Seprona viene recibiendo solicitudes de colaboración de la Nueva Sociedad de Cazadores a través de la Dirección insular del Gobierno”  para hacer los controles pertinentes. En dichas alegaciones y en su ratificación de la denuncia ante la Dirección insular, desarrollan todas las funciones que tiene asignadas por ley la Guardia Civil, y en concreto el Seprona..

Antonio Félix Fernández, presidente de la Nueva Sociedad de Cazadores, señala que se suelen apuntar unas doscientas personas de fuera de Lanzarote y se sortean solo 25 plazas para ese listado, y por tanto, “mucha gente intenta cazar sin permiso”. Asegura que hay que regular la caza para evitar los excesos “y que no se meta nadie de forma ilegal” porque si no, se deterioran los lugares destinados a la caza.

Por eso mismo, piden colaboración tanto al Seprona como a Medio Ambiente del Cabildo, ya que la Sociedad de Cazadores tan solo cuenta ahora con tres agentes y no puede controlar todo el territorio. “Hay que regular por el bien de todos porque si no, nos quedamos sin cazadores, si no hubiera controles, sería un desastre”, añade.

En esas mismas alegaciones, los agentes sostienen que hay un alto índice de infracciones denunciadas por el incumplimiento de la normativa en la utilización de armas de fuego en zonas no autorizadas, como caminos, merenderos y viviendas, cometidas por residentes y no residentes que ponen en riesgo la seguridad ciudadana durante los días de caza de la perdiz con armas, y que por eso se hacen esos controles. Antonio Félix señala que respecto al control de armas se pusieron el año pasado unas 150 infracciones. La Sociedad de cazadores tramitó 84 y de ellas “al menos cuarenta de personas que no tenían permiso para cazar”.

Perros

Uno de los denunciantes, que alegaba que no iba a cazar, llevaba consigo cinco perros de caza, cuatro pointer y un spaniel breton, más las dos escopetas. Decía que una no era suya, pero no tenía el documento de cesión temporal del arma, que es obligatorio. La escopeta se puede ceder a otra persona con permiso, pero con un documento firmado y fechado, por un plazo de quince días y solo para cazar. En las alegaciones, dicen los agentes que “llama poderosamente la atención que el denunciado sea policía local, por lo que conoce perfectamente el reglamento de uso de armas”.

Al carecer del documento de cesión, quiso hacer pasar esa certificación por un papel en blanco con unas firma del supuesto titular, sin los datos de a quién se le cede ni fechas, ni las características del arma, “utilizando su condición de policía local para influir en las decisiones de los agentes de la Guardia Civil”. 

Hablan de “conducta dolosa” del denunciado, el policía, que sabía perfectamente que tenía que estar registrado con autorización porque presentó solicitud ante el Cabildo el año anterior y sí aparecía estaba en el listado de no residentes autorizados. “Existía una voluntad consciente y deliberada de realizar un acto ilícito con conocimiento de sus consecuencias dañinas”, explican los agentes.

Además, ese mismo cazador tuvo una actitud desafiante “en todo momento”, “no colaboradora llegando incluso a desobedecer en el control expresamente” y llegando a resistirse, diciendo que si le querían quitar las armas le iban a tener que llevar detenido. Ademas incumplía el Reglamento de armas que obliga a transportarlas en fundas.

Por otra parte, la coartada del otro cazador de que iba a practicar al campo de tiro, tampoco resulta muy creíble, puesto que el único campo de tiro que hay en Lanzarote había comunicado al Seprona que permanecería cerrado durante los días de caza, hasta el final de la temporada.

El Juzgado de Instrucción número dos de Arrecife finalmente archivó la querella. En su auto de archivo determina que la querella no identifica la concurrencia de los elementos objetivos del tipo penal, en concreto que haya una resolución que reúna los requisitos para colmar las exigencias del delito, ni tampoco de una actuación que vaya más allá de una mera ilegalidad.

NOTICIA: https://www.diariodefuerteventura.com/noticia/cazar-sin-permiso-pero-con-armas